dispositivos de control de acceso
preguntas frecuentes
- ¿Qué proyectos recogen las ayudas del Programa Cheque Digitalización COVID-19?
Estas ayudas tienen como objeto subvencionar proyectos que promuevan la adaptación de los beneficiarios a la situación creada por el COVID-19 mediante la implementación efectiva de tecnologías digitales en cualquiera de las siguientes categorías:
- Soluciones de utilidad para un teletrabajo seguro.
- Equipamiento.
- Sistemas de notificación en móvil; sistemas de gestión de contenidos electrónicos para hostelería (menús, cartas …).
- Adaptación de la presencia en internet al efecto del COVID-19, mediante elementos como bots de conversación autónoma, integración de sistemas de comercio básicos, mejora del catálogo de productos, soluciones de atención remota, sistemas pick and go (compra en móvil y recogida en tienda) y otros similares.
- Sistemas de control de presencia: cámaras, sensores, sistemas de check-in/check-out.
- Sistemas de control de aforo: cámaras, sensores, sistemas en línea sobre catálogo diario (gestión de citas), gestión de colas.
- Sistemas de control de estado sanitarios: cámaras específicas, pulseras.
- Sistemas de control de normas de calidad COVID-19.
- Sistemas y aplicaciones de gestión basados en Low code automation.
- Sistemas de catálogos diarios efímeros; sistemas de gestión de pedidos efímeros, comandas.
- Sistemas de cartelería electrónica para mensajes a clientela y de emisión de contenidos en general.
- Sistemas de balizas.
- Automatización de procesos regulados, tareas reguladas, pasos regulados por COVID-19.
- Soluciones de mejora de la ciberseguridad.
De manera excepcional, otros que puedan ayudar a dicha adaptación, lo cual se motivará en la resolución de concesión.
- ¿Quiénes son los beneficiarios de las ayudas del Programa Cheque Digitalización COVID-19?
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades con centro de trabajo en Galicia comprendidas en alguna de las siguientes categorías:
Microempresas que desarrollen su actividad en alguno de estos sectores:
Hostelería y turismo:
- Servicios de alojamiento.
- Servicios de comidas y bebidas.
- Alquiler de automóviles y vehículos a motor ligeros.
- Alquiler de artículos de ocio y deportes.
- Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
- Gestión de salas de espectáculos.
- Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
- Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento.
Comercio al por menor. Transporte (transporte y almacenamiento).
Peluquería y estética personal, tintorerías, servicios de reparación y otros:
- Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico.
- Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.
- Peluquería y otros tratamientos de belleza.
- Pompas fúnebres y actividades relacionadas.
- Actividades de mantenimiento físico.
- Otros servicios personales.
Formación:
- Educación secundaria técnica y profesional.
- Otra educación.
Podrán también ser beneficiarias las entidades de economía social como sociedades cooperativas gallegas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo.
Por último, las Entidades del tejido asociativo empresarial y laboral, como pueden ser asociaciones empresariales, clúster, colegios profesionales o cámaras pueden ser beneficiarias.
- ¿Qué gastos son subvencionables por las ayudas del Programa Cheque Digitalización COVID-19?
Activos de los siguientes tipos:
- Equipos informáticos, sensórica, wearables y otro equipamiento electrónico.
- Licencias de software estándar de mercado.
- Dispositivos de conectividad cuando el trabajo se desarrolle en una zona rural en la que se deban realizar gastos extraordinarios para adaptar la conexión a necesidades de acceso a redes.
Gastos de subscripción a software como servicio estándar de mercado abonados por parte del solicitante durante el período de gasto subvencionable.
Colaboraciones externas encaminadas a la adaptación y personalización de los sistemas digitales y al entrenamiento sobre su aplicación y uso.
Los activos podrán ser adquiridos en propiedad o utilizarse en régimen de arrendamiento durante el período de ejecución del proyecto. Los costes de adquisición de activos de segunda mano podrán ser subvencionables.
(*) Quedan excluidos las inversiones y gastos no directamente relacionados y vinculados con la finalidad del proyecto a ejecutar. No serán subvencionables el IVA ni otros impuestos recuperables.
- ¿Cuál es la cuantía subvencionada por las ayudas del Programa Cheque Digitalización COVID-19?
La cuantía de la ayuda será del 80 % de los importes indicados anteriormente, con el límite máximo de 9.600 € por empresa.
El abono del 50 % del importe de la ayuda se realizará anticipadamente una vez concedida.
Los gastos en equipos informáticos, licencias de software, dispositivos de conectividad y subscripción a software no superarán los 10.000 €.
Los gastos en colaboraciones externas para la adaptación y personalización de sistemas digitales y la formación sobre su aplicación y uso, no podrán superar los 4.000 €.
- ¿Cual es el plazo de presentación para solicitar las ayudas del Programa Cheque Digitalización COVID-19?
Desde el 19 de Junio hasta el 30 de Septiembre, salvo agotamiento del crédito.
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